ANALICE LOS RIESGOS PENALES DE SU EMPRESA Y DOTESE DE SU MANUAL DE COMPLIANCE PENAL
Desde la reforma del Código Penal de 2010 por la Ley Orgánica 5/2010 y su posterior modificación en el año 2015 (LO. 1/2015), las empresas, asociaciones o fundaciones que la Ley prevea pueden ser responsables de la comisión de un delito cuando este se haya cometido en nombre o por cuenta de la persona jurídica o en su beneficio directo o indirecto, si no se han llevado a cabo las medidas previstas en el artículo 31 bis 2 y 31 bis 4 del CP.
De igual forma, el CP establece la responsabilidad penal de los órganos de dirección y/o de los órganos de administración de las empresas, asociaciones o fundaciones si no han adoptado las medidas de prevención arriba señaladas, responsabilidad que ha sido clarificada y recalcada por el TS en diversas sentencias.
Desde SIN RIESGO PENAL ofrecemos un servicio de “compliance penal” personalizado en el que evaluaremos y analizaremos las posibles conductas delictivas o de riesgo que pueden generar responsabilidad penal a la empresa para, con posterioridad, recomendar una serie de actuaciones que ayuden a la empresa cliente a minimizar el riesgo de comisión de las posibles conductas delictivas e implantar un Compliance penal efectivo en la compañía.
Posibles servicios:
- Análisis de riesgos penales.
- Asesoría externa al órgano de cumplimiento.
- Externalización de la función del órgano de cumplimiento.
- Formación en materia de Compliance.
- Canal de denuncias externo.
- Revisión integral del Compliance.
- Auditoría del Compliance.
- Peritaje de cumplimiento normativo.